
La siguiente lista proporciona información del Proyecto de Defensa de Solicitantes de Asilo (ASAP) que puede ser útil para quienes solicitan asilo. Esta información no constituye asesoramiento legal; sin embargo, su contenido fue redactado y revisado por el equipo de abogados de inmigración de ASAP. Los abogados de ASAP cuentan con décadas de experiencia en derecho migratorio. El contenido estaba correcto al 8 de septiembre de 2025.
1. Al salir de casa, lleve consigo una identificación estadounidense, si la tiene.
Si tiene una tarjeta de identificación estadounidense, como una licencia de conducir o una identificación estatal, llévela consigo al salir de casa. Puede optar por mostrar su identificación si la policía o los funcionarios de inmigración lo detienen fuera de su casa.
También puede optar por llevar estos documentos para comprobar su estatus migratorio:
- Tarjeta de residente permanente (Green Card)
- Permiso de trabajo
- Copia del Aviso de Comparecencia, también llamado Formulario I-862
- Copia del Aviso de Audiencia
- Copia del Formulario I-94
- Copia de la visa que recibió para venir a los Estados Unidos.
2. Tenga cuidado al conducir.
Lleve consigo su licencia de conducir estadounidense y obtenga un seguro de auto según lo exige la ley. Conduzca con cuidado y obedezca las leyes de tránsito.
3. Si ha estado en EE. UU. por más de 14 días, lleve consigo documentos que lo comprueben.
El gobierno ha indicado que los inmigrantes que han estado en Estados Unidos por menos de 14 días tienen menos protecciones migratorias. Le recomendamos demostrar que llegó a EE. UU. hace más de 14 días y que ha vivido allí desde entonces. Un solo documento a veces puede mostrar un largo período de tiempo, por ejemplo, una factura de teléfono celular de varios meses.
Por ejemplo, puede llevar copias de los siguientes documentos que muestren su nombre, dirección en EE. UU. y fecha:
- Internet, teléfono, electricidad u otras facturas
- Registros médicos o escolares
- Extractos bancarios o de tarjetas de crédito
- Contratos de arrendamiento o escrituras de propiedad
- Seguro de auto, vivienda o médico
- Otros documentos o correspondencia
4. Tenga en cuenta las preocupaciones sobre la privacidad en las redes sociales.
Si ya no usa una cuenta en redes sociales, considere eliminarla. Si decide eliminar su cuenta y esta contiene evidencia sobre su caso de asilo u otra información importante para usted, tome capturas de pantalla o imprima copias antes de eliminarla.
Muchas empresas y el gobierno tienen acceso a datos compartidos en línea, incluso en las redes sociales. Por ejemplo, el gobierno ha declarado que la información compartida en redes sociales puede afectar el estatus migratorio de una persona. Las empresas de redes sociales también venden los datos personales de los usuarios a otras empresas.
5. Si lo arrestan funcionarios de inmigración y tiene miedo de regresar a su país de origen, indíquelo claramente.
Si lo arrestan funcionarios de inmigración y tiene miedo de regresar a su país de origen, intente decir que tiene miedo de regresar en cualquier oportunidad que tenga. Si ya ha solicitado asilo, indique que tiene una solicitud de asilo pendiente.
No firme ningún documento que no pueda leer o comprender por sí solo. Pida hablar con un abogado y luego llame a su abogado si tiene uno, o llame a un ser querido que pueda ayudarle.
6. Pida ayuda a personas de confianza en caso de emergencia y memorice sus números de teléfono.
Memorice el número de teléfono de al menos una persona de confianza. Así podrá llamarla incluso si pierde el acceso a tu teléfono. Pregúnteles si pueden ayudarle en caso de emergencia, por ejemplo, para recoger a los niños de la escuela o llevarlos al médico.
7. Guarde sus documentos importantes en un lugar seguro.
Asegúrese de guardar sus documentos e información importante en un lugar seguro. Por ejemplo, esto podría incluir su pasaporte, documentos de inmigración, información financiera, información médica, inicios de sesión de cuentas y números de teléfono importantes. Dígale a alguien de confianza dónde puede encontrar esta información en caso de emergencia.
8. Si un funcionario del gobierno no tiene una orden judicial firmada por un juez, es su decisión si abre o no la puerta.
Los funcionarios del gobierno deben obtener su permiso o una orden judicial (un documento firmado por un juez) antes de poder entrar en su domicilio. Los formularios de ICE firmados por agentes de ICE NO les dan permiso para entrar en su domicilio sin su consentimiento. Puede solicitar ver y leer una orden judicial antes de abrir la puerta. Si los funcionarios del gobierno no tienen una orden judicial, usted puede decidir si abre la puerta o no.





